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Contrato Transporte Pasajeros

La Empresa se compromete a transportar al Cliente y su equipaje en la fecha, origen y destino indicado en el tiquete según el nivel de servicio, y el Pasajero Cliente se obliga a cumplir con los reglamentos y condiciones de seguridad establecidos por la Empresa y por la normatividad del transporte (Ley 769/02 Código Nacional de Transito y Transporte decreto 410 de 1971, Código de Comercio y Decreto 1079 del 26 de mayo de 2015), así como con las siguientes cláusulas:

a) La empresa podrá tomar vías alternas en caso fortuito o de fuerza mayor, previendo siempre el cumplimiento del contrato de transporte (Art.992 C. Cio.).

b) La Empresa no transportará a personas que profieran expresiones injuriosas o groseras, promueva riñas o cause cualquier molestia a los demás pasajeros, el conductor detendrá la marcha y dará aviso a la autoridad policiva más cercana para que obligue al perturbador a abandonar el vehículo, (Art. 92 Ley 769/2002, el pasajero que sea sorprendido fumando será obligado a abandonar el vehículo. (Art.132 Ley 769/2002).

c) No deben llevarse objetos que puedan atentar la integridad física de los usuarios; ni animales, salvo que se trate de perros lazarillos de acuerdo al artículo 87 Ley 769/2002, exceptuando todas aquellas ayudas vivas que refiere el artículo 2.2.7.4. Del decreto 1079 de 2015 y bajo estricto cumplimiento de los requisitos establecidos en Artículo 2.2.7.8.1 del decreto 1079 de 2015 que dice; aquellos ejemplares cuyos usuarios acrediten que estos han sido adiestrados en centros nacionales o internacionales por personal calificado y en concordancia con los requisitos del Artículo 2.2.7.8.2 del decreto 1079 del 2015.

d) No se admitirá el transporte de armas, municiones, explosivos, tóxicos, inflamables, corrosivos, estupefacientes, radiactivos, combustibles no autorizados u objetos de prohibido comercio en el país.(Art.131 Ley 769/2002), la violación por parte del pasajero o conductor será de su exclusiva responsabilidad sin perjuicio de las acciones legales en su contra.
e) Los niños mayores de cinco (5) años ocupan puesto.
f) El conductor puede recoger o dejar pasajeros en los sitios permitidos (Art. 91 Ley 769/2002)
g) Si el Pasajero Cliente desiste de viajar, debe informar con 20 minutos de anticipación para hacerle la devolución establecida en el Art. 1002 C. Cio. o reprogramar su viaje entregando tiquete “ABIERTO” o un “BONO DE VIAJE”, válido por un (1) año y su valor se ajustará a las tarifas vigentes al momento de redimirlo. Esto siempre y cuando el cliente informe el desistimiento de viaje antes de que el vehículo sea despachado de su origen.

REFERENTE AL EQUIPAJE.

a) El Pasajero Cliente podrá transportar hasta quince (15) kilos de equipaje y dimensiones de máximo (40cmx40cmx40cm) sin sobreprecio, el exceso se pagará por kilo de acuerdo a las tarifas establecidas por la Empresa.

b) El pasajero es responsable de los objetos de su propiedad que no hayan sido entregados en custodia de la empresa, y también de objetos que deban llevarse en equipaje de mano, tales como: equipos electrónicos y/o artículos de lujo, títulos valores o cualquier mercancía distinta a prendas de vestir y artículos básicos de uso personal (Art. 1003 numeral 4 C. Cio.).

c) Para reclamar el equipaje, el pasajero deberá presentar la “ficha de identificación de equipaje”, cuyo número debe ser igual a la ficha de identificación adherida al equipaje, si al momento de reclamar el equipaje de bodega, el pasajero no presenta la ficha de identificación de su equipaje, la empresa retendrá el equipaje hasta que sea probada la identidad del propietario.

d) En caso de perdida de un equipaje que haya sido entregado en custodia de la empresa, la Cooperativa responderá por el valor que haya declarado el cliente al momento de iniciar la prestación del servicio y en su defecto, hasta por el ochenta porciento (80%) del valor debidamente probado por cliente. ART 1031 DEL C.Cio.

e) La Empresa no se hará responsable de pérdida o avería de equipaje no reclamado dentro de los cinco (5) días siguientes al arribo a su destino.

f) Para reserva de tiquetes pagados por anticipado o ida y regreso, el cliente debe acercarse a la taquilla a confirmar su tiquete antes de abordar el vehículo, siempre respetando el turno que le corresponde en la fila.

g) Toda mascota debe viajar con una persona responsable y ser transportada dentro de un guacal.

h) Todo menor de 14 años debe viajar con un adulto responsable.

i) Esta oficina puede contar con cámaras de video y las personas pueden estar siendo grabadas, por motivo de seguridad de los pasajeros.

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